La cadena de Televisión Tele25 decide iniciar los trámites para que le concedan un nuevo canal privado. En 2014 para ello, hace un desembolso de 500.000 € entre estudio del proyecto y redacción del mismo para entrar a concurso. Finalmente el canal le es concedido por un periodo de 20 años, pero al final del primer año, por incumplimiento del contrato, se le deroga la concesión.
Registro del desembolso para la concesión y su amortización:
Reflejaremos en la cuenta 202 "Concesiones administrativas" todos los importes invertidos en la obtención de una concesión o licitación por parte de una Administración Pública.
Debe | Nº cuenta | Cuenta | Haber |
---|---|---|---|
500.000,00 € | 202 | Concesiones administrativas | |
572 | Bancos | 500.000,00 € |
Por último, la amortización la calculamos por la vida útil de la licencia, es decir, 20 años: 500.000 € / 20 años = 25.000 € por año. Fiscalmente podríamos deducir hasta la décima parte de su valor (en nuestro caso como no excede de ese importe, lo amortizamos por su vida útil total).
Amortización primer año:
Debe | Nº cuenta | Cuenta | Haber |
---|---|---|---|
25.000,00 € | 680 | Amortización del inmovilizado intangible | |
280 | Amortización acumulada del inmovilizado intangible | 25.000,00 € |
Como se pierde la concesión, imputamos a gasto el valor neto contable. Es decir, la cuenta 202 minorada por su amortización acumulada. En nuestro caso:
Debe | Nº cuenta | Cuenta | Haber |
---|---|---|---|
25.000,00 €
| 280 | Amortización acumulada del inmovilizado intangible | |
475.000,00 € | 670 | Pérdidas procedentes del inmovilizado intangible | |
202 | Concesiones administrativas | 500.000,00 € |
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